La etapa del colegio es preciosa. Todos y todas nos acordamos de ese periodo en que disfrutábamos de los nuevos conocimientos, las risas con los compañeros y compañeras, los olores y texturas de las aulas de infancia…
Y hasta los sabores (¿quién, siendo pequeña, no ha probado la plastilina alguna vez?). Y estos preciados momentos, que evocamos con tanto cariño, ahora lo están viviendo nuestros peques y esperamos que disfruten como lo hicimos nosotras.
Y tan típico como las ceras, los colores y las primeras frases escritas, son los accidentes escolares. Difícil será encontramos con un niño o niña que haya terminado ileso su etapa escolar, por ejemplo, con caídas más o menos aparatosas, con puntos de sutura o con yeso. Los primeros contactos con los hospitales, a menudo, se producen por accidentes escolares.
Accidentes escolares, ¿quién es el responsable?
Quien más, quien menos, ha tenido que salir corriendo del trabajo tras la llamada de urgencia del centro escolar:
“Buenas tardes. ¿La madre de Elías? Mire, que su hijo ha tenido un pequeño percance… Se ha tropezado mientras perseguía a su amiguito, con tanta mala suerte que se ha golpeado en la cabeza con el tobogán, y le sangra un poquito, sólo un poquito, la frente. Lo llevamos al hospital, pero sólo por si acaso, ¿eh? Nos vemos allí.»
Entonces comienzan los nervios. Coges el bolso corriendo, dejas a medio terminar una reunión, o cualquier cosa que estabas haciendo… Y pitando para el hospital. Esperemos que todo quede en un susto.
Independientemente del resultado de la lesión (que esperamos sea muy, muy leve), una vez pasado el susto, podemos llegar a preguntarnos quién es la persona o entidad responsable en los casos de accidentes en centros escolares o con ocasión de la realización de alguna actividad escolar fuera del centro. Y aquí surgen las preguntas…
Realmente, ¿Qué se considera “accidente escolar”?
Consideramos accidente escolar todo aquél que sufra un niño o niña matriculado en el centro escolar, dentro de éste o fuera de él cuando se encuentre realizando actividades tuteladas por el mismo.
El accidente podrá ocurrir, bien en las dependencias escolares (principales o anexas, tales como gimnasios, parques, etc), bien fuera del centro siempre que los menores se encuentren realizando alguna actividad (escolar o extraescolar), y estén bajo la supervisión del profesor/a o docente.
Existen dudas sobre qué sucede si el accidente escolar sucede una vez finalizadas las clases, incluso si los menores ya han sido recogidos, pero no han traspasado los lindes del centro. En este caso, por regla general, el centro seguirá siendo responsable, por haber sucedido el accidente dentro de su perímetro, y no estar aún cerrado a los menores.
Pero frente a esto, se puede aducir, por los centros escolares, que se ha advertido expresamente y de manera fehaciente que ellos ya no vigilarán al alumnado una vez estén en compañía de quien los haya venido a recoger, sin hacerse responsables de lo que pueda suceder.
La jurisprudencia nos indica que, en la mayoría de los casos, el centro se deberá de hacer cargo, pues aunque hayan finalizado las clases, se trata de un tiempo prudencial en que los menores deben abandonar el centro, siendo aceptado comúnmente que existan unos minutos de “regodeo” en que los niños y niñas juegas con sus amigos/as, se despiden, meriendan, etc. Será necesario examinar cada caso para evaluar responsabilidades, pero, ya os digo que por regla general el centro la asumirá, mientras no haya cerrado al público sus dependencias.
¿Todos los accidentes ocurridos en los centros son responsabilidad de los mismos?
Formalmente, no. No todos los casos de accidentes conllevan una responsabilidad por parte del centro: cuando los accidentes son fortuitos, no se han podido prever o previstos, fueren inevitables.
Pero en la práctica, la responsabilidad de los centros es cuasi objetiva: es decir: se presume su responsabilidad salvo que acrediten que han obrado con tal diligencia que era imposible prever que el accidente fuera a pasar.
Imaginemos el caso de una niña de cinco años que sale corriendo de la fila, se sube a un columpio, al hacerlo tropieza y cae. Era imposible de prever que la menor se escapara de la fila y tropezara. Sin embargo, el centro es consciente de que está tratando con menores, asume que existe este peligro y que ha de “lidiar” con él. Que la niña se escapara de la fila, era imprevisible, sí. Pero la profesora podría haberlo evitado cogiéndola de la mano, por ejemplo, para que no saliera corriendo. Y como este, muchos ejemplos más, que han llevado a que en la práctica la jurisprudencia, como decíamos, haya entendido que serán los centros los que deban asumir la responsabilidad.
¿Qué tipo de responsabilidad puede tener el centro escolar en caso de accidente?
Los accidentes en los centros escolares pueden conllevar responsabilidades de dos tipos: civil o penal.
La responsabilidad civil conlleva que el centro escolar responda del accidente causado al menor, y deberá indemnizar a la familia de éste, por las lesiones causadas, y en su caso los daños morales o materiales. Pero los/as profesores no quedan excluidos de esta responsabilidad: si se demuestra que estos/as han faltado a su diligencia y prevención del riesgo, el centro podrá repetir contra el profesor o personal del mismo.
Imaginemos un/a profesora que deja solos a sus alumnos de infantil en un periodo prolongado; o personal encargado de custodiar la puerta de entrada que se ausenta y deja así que algún/a alumno/a salga del centro y le ocurre algo. En estas situaciones responderá el centro y podrá repetir contra el responsable de la falta.
La responsabilidad penal exige que el daño causado al menor constituya delito. En estos casos, además de indemnizar el daño físico, moral o material, el centro y/o el personal deberá someterse a la pena establecida por el Código Penal, si se demuestra que ha existido ilícito penal.
¿Qué plazo existe para reclamar por los daños causados por accidente en centros escolares?
Tendremos un año para reclamar por los daños causados, a contar desde la fecha del hecho en cuestión (o desde que nos percatemos, si no lo vemos en ese momento). Imagina que el menor se va de excursión con el centro escolar una semana, sufre un accidente un lunes y no nos dicen nada hasta el viernes que regresa. En este caso, el tiempo comenzaría a contar desde el viernes, momento en que el padre/madre/tutor/a conoce el daño.
¿Qué sucede con los accidentes que causan nuestros propios hijos/as?
Los menores de edad no tienen capacidad jurídica plena, por lo que serán responsables las personas que los tengan a su cuidado. Si nuestro hijo sale al balcón y tira una maceta a la calle, con tan mala suerte que le da a una persona, seremos nosotros los que debamos asumir esa responsabilidad. Y ello porque que el niño no tiene aún capacidad de entender y ser responsable de sus actos. Si pasa esto, se lo recordaremos cuando pase el tiempo…).
Sin embargo, cuando se encuentra en el centro escolar, la responsabilidad de cuidado “la delegamos” en el colegio; mientras él o la menor se encuentra en él, serán los responsables del centro los que asumirán el cuidado de los menores (por regla general), y velarán para que no haya incidentes.
Lo mejor es que no nos pase nada con nuestros hijos e hijas, que todo vaya sobre ruedas… Pero sabemos que es poco probable que no surja algún problemilla aunque sea alguna vez. Así que, mejor estar informados/as.
Lara es Magistrada de Primera Instancia e Instrucción en la provincia de Valencia. Aprobó la oposición en 2008, y desde entonces se ha especializado en Violencia de Género y en Derecho de Familia, temática sobre la que está finalizando su tesis doctoral.
Colabora con la Universidad Cardenal Herrera-CEU, impartiendo clases de Derecho Penal y es coautora de libros dedicados a la problemática de Violencia de Género y Menores, así como de la redacción de protocolos de actuación entre Jueces y Fuerzas de Seguridad del Estado en materia de Violencia de Género. Actualmente pertenece al Consejo Rector de la Escuela Judicial.
Lara y su marido Francisco son papás de un nene de tres años y de una nena de un año y medio, que les ayudan a no perder la cabeza en este mundo de locos, aunque a veces los peques les hacen perder el norte.
Podéis seguirla en Twitter: @mipadawan
Leave A Reply